Derecho procesal
Tiene más deudas de las que puede pagar — la insolvencia es una salida legal y ordenada
La declaratoria de insolvencia de persona natural no comerciante (Ley 1564 de 2012) le permite negociar sus deudas con todos sus acreedores al mismo tiempo, detener los embargos y proteger su patrimonio mientras reorganiza su situación financiera.
Cómo te ayudamos
Nuestro enfoque en tu caso
Analizamos su situación financiera para determinar si cumple los requisitos de la insolvencia (cesación de pagos o incapacidad de pago inminente). Preparamos toda la documentación exigida por la ley, representamos al deudor en la audiencia de negociación de deudas ante el conciliador o el juez, y acompañamos en la ejecución del acuerdo de pago o, si no hay acuerdo, en el proceso de liquidación patrimonial.
- Análisis de viabilidad del proceso de insolvencia
- Preparación del inventario de bienes, deudas y acreedores
- Representación en la audiencia de negociación de deudas
- Suspensión de procesos ejecutivos y embargos vigentes
- Negociación del acuerdo de pago con los acreedores
- Proceso de liquidación patrimonial si no hay acuerdo
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Quién puede acogerse a la insolvencia de persona natural no comerciante?
Toda persona natural que no ejerza actividades mercantiles (no sea comerciante) y que esté en cesación de pagos (lleva más de 90 días sin pagar dos o más obligaciones) o que prevea que no podrá cumplir sus obligaciones en los próximos 4 meses.
¿Qué pasa con los embargos que tengo cuando inicio el proceso de insolvencia?
Una vez admitido el proceso, se suspenden automáticamente todos los procesos ejecutivos en curso y no pueden iniciarse nuevos. Esto le da un respiro para negociar con sus acreedores sin la presión de los embargos.
¿Qué diferencia hay entre negociación de deudas y liquidación patrimonial?
La negociación de deudas busca un acuerdo de pago con los acreedores que le permita conservar sus bienes y pagar de forma ordenada. La liquidación patrimonial ocurre cuando no hay acuerdo: los bienes se liquidan para pagar las deudas y el deudor queda liberado de las obligaciones restantes.
¿Pierdo todos mis bienes si me declaro insolvente?
No necesariamente. En la negociación de deudas puede conservar sus bienes si llega a un acuerdo con los acreedores. En la liquidación patrimonial se liquidan los bienes embargables, pero hay bienes inembargables por ley (vivienda de familia, salario mínimo, enseres del hogar) que no pueden tocarse.
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