Derecho procesal
Sus clientes no le pagan — recuperamos su cartera de forma efectiva
La cartera vencida afecta el flujo de caja y la viabilidad de cualquier negocio o persona. Gestionamos el cobro desde la gestión prejudicial hasta el proceso judicial, con el objetivo de recuperar el mayor valor posible en el menor tiempo.
Cómo te ayudamos
Nuestro enfoque en tu caso
Diseñamos e implementamos la estrategia de recuperación de cartera según el perfil del deudor y el tipo de obligación. Iniciamos con gestión prejudicial (cartas de cobro, acuerdos de pago, conciliación) y, si no hay respuesta, pasamos a la vía judicial mediante proceso ejecutivo con medidas cautelares. Asesoramos también en la estructuración de garantías para prevenir futuros incumplimientos.
- Gestión prejudicial de cobro: cartas, llamadas y acuerdos de pago
- Conciliación extrajudicial para recuperar cartera sin ir a juicio
- Proceso ejecutivo judicial con embargo de bienes y cuentas
- Cobro de cartera comercial, de servicios y de arrendamientos
- Recuperación de cartera con garantías (hipoteca, prenda, fianza)
- Asesoría en estructuración de garantías para nuevos contratos
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Cuál es la diferencia entre cobro prejudicial y cobro judicial?
El cobro prejudicial es la gestión extrajudicial: cartas de cobro, llamadas, acuerdos de pago y conciliación. Es más rápido y económico. El cobro judicial es el proceso ante el juez cuando el deudor no responde o no cumple los acuerdos. Siempre intentamos primero la vía prejudicial.
¿Vale la pena demandar por una deuda pequeña?
Depende del monto, el tipo de título y la situación del deudor. Para deudas menores, la conciliación o el proceso de pequeñas causas puede ser más eficiente. Analizamos cada caso para recomendar la estrategia más costo-efectiva.
¿Puedo cobrar intereses de mora sobre la deuda?
Sí, si así se pactó en el contrato o si la ley lo establece. Los intereses de mora compensan el tiempo que el deudor tardó en pagar. Los calculamos y los incluimos en la demanda o en el acuerdo de pago.
¿Qué hago si el deudor dice que no tiene con qué pagar?
Investigamos la situación patrimonial real del deudor. Muchas veces hay bienes o ingresos que no son evidentes. Si el deudor realmente es insolvente, puede evaluarse la declaratoria de insolvencia como mecanismo para ordenar sus deudas.
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